Micelio
Auto14 de marzo de 2012

A- de 2012

Ponente Jorge Iván Palacio Palacio

Demandante Jose Vicente Quintero Castaño Y Otro Vs Accion Social·Demandado Sin Información

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

2 temas · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflictos de Competencia.

Los asuntos correspondieron por reparto al Juzgado Quinto Laboral del Circuito de Medellín, el cual declaró su incompetencia para asumir su trámite, por considerar que la entidad accionada se transformó en un Departamento Administrativo del orden nacional y que el conocimiento de las causas corresponde a los Tribunales Superiores y/o Consejos Seccionales de la Judicatura.

En nuevo reparto la Sala Penal del Tribunal Superior de Medellín consideró que el conocimiento de las acciones de tutela le corresponde a los jueces del circuito o con categoría de tales, porque la demandada es una entidad que pertenece al sector descentralizado por servicios.

La Corte Constitucional recuerda las normas que determinan la competencia en materia de tutela y advierte una vez más el deber judicial de atender el precedente jurisprudencial fijada por la Corporación en materia de aparentes colisiones de competencia, máxime cuando involucran a sujetos de especial protección constitucional y personas de escasos recursos económicos.

Se decide remitir los expedientes al Juzgado Quinto Laboral del Circuito de Medellín para que de forma inmediata tramite las acciones de tutela de la referencia.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (25 puntos)
  1. Primero. DEJAR SIN EFECTOS los autos de fecha 18 y 30 de enero de 2012, proferidos por el Juzgado
  2. Quinto. Laboral del Circuito de Medellín, dentro de las acciones de tutela contenidas en los expedientes ICC-1799 y 1805. En consecuencia, REMITIR los expedientes al mencionado juzgado para que de forma inmediata y sin más dilaciones, tramite las acciones de tutela iniciadas por José Vicente Quintero Castaño y Flor Nallivi Manco Durango contra la Agencia Presidencial para la Acción Social y la Cooperación Internacional -Acción Social-.
  3. Segundo. ADVERTIR al Juzgado
  4. Quinto. Laboral del Circuito de Medellín que en adelante deberá acatar estrictamente la jurisprudencia de esta Corte sobre los conflictos de competencia en materia de tutela, en especial las reglas reiteradas en la parte motiva del presente auto.
  5. Tercero. COMUNICAR por Secretaría General de la Corte Constitucional, a la Sala Penal del Tribunal Superior de Medellín, la decisión adoptada en esta providencia.
  6. GABRIEL EDUARDO MENDOZA MARTELO
  7. Presidente
  8. MARIA VICTORIA CALLE CORREA
  9. Magistrada
  10. MAURICIO GONZALEZ CUERVO
  11. Magistrado
  12. JUAN CARLOS HENAO PEREZ
  13. Magistrado
  14. JORGE IVAN PALACIO PALACIO
  15. Magistrado
  16. NILSON PINILLA PINILLA
  17. Magistrado
  18. JORGE IGNACIO PRETELT CHALJUB
  19. Magistrado
  20. HUMBERTO ANTONIO SIERRA PORTO
  21. Magistrado
  22. Ausente con permiso
  23. LUIS ERNESTO VARGAS SILVA
  24. Magistrado
  25. MARTHA VICTORIA SACHICA MENDEZ
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

Cita a0
No cita providencias registradas.
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.